ALEGATO FINAL DE LA FISCALÍA: EN TUCUMÁN HUBO “UN ÚNICO APARATO CRIMINAL” ANTES Y DESPUÉS DEL GOLPE DEL 76

 


Megacausa 14: Los fiscales pidieron la imposición de prisión perpetua para 19 imputados y penas de entre 10 y 25 años de prisión para el resto. Se juzgan los casos de 335 víctimas.

El fiscal general subrogante Pablo Camuña y el auxiliar fiscal Agustín Chit concluyeron ayer, tras dos jornadas de exposición, el alegato en el juicio oral de la "Megacausa N°14" con pedidos de penas para los 24 acusados y para la acusada: solicitaron la imposición de pena de prisión perpetua para 19 de ellos y seis penas mensurables de entre 10 y 25 años de prisión.

En el petitorio final, los fiscales requirieron que, al momento de dictar sentencia, el tribunal declare que los crímenes en perjuicio de las 335 víctimas que forman parte del objeto procesal fueron crímenes de lesa humanidad y que también "declare como garantía de no repetición que en la provincia de Tucumán, durante la implementación del Operativo Independencia, no existió guerra, ni un conflicto armado interno en los términos del derecho internacional humanitario".

Los fiscales pidieron la imposición de penas de prisión perpetua para Ernesto Alejandro Repossi, Julio Luis Teodomiro Bidone, Juan Antonio Garibotte, Juan Francisco Nougues Fernando Torres, Luis Orlando Varela, Ramón Alfredo Ojeda Fuentes, Adolfo Ernesto Moore, Alberto Montes De Oca, José Carlos Sowinski, Celso Alberto Barraza, Ernesto Rivero, Félix Insaurralde, Hugo Javier Figueroa, Rolando Reyes Quintana, Guillermo Agustín Ugarte, Miguel Ángel Horlando Chaile, Luis Armando De Cándido, Ángel Custodio Moreno y Ricardo Oscar Sánchez.

En todos los casos solicitaron que además se imponga la inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas.

En tanto, requirieron la condena de Benito Palomo y Carlos Alberto Lafuente a 25 años de prisión; de Hugo Enzo Soto a la pena de 15 años de prisión; de Pedro Osvaldo Caballero, a 11 años de prisión; y de María Luisa Acosta de Barraza a 10 años de prisión, como partícipes de diferentes hechos.

Pidieron que el tribunal declare como "garantía de no repetición" que durante el Operativo Independencia "no existió guerra, ni un conflicto armado interno en los términos del derecho internacional humanitario".

Un solo plan

En el juicio se juzgan graves y masivas violaciones a los derechos humanos perpetradas en la provincia de Tucumán entre febrero de 1975 y julio de 1977, investigadas en cinco causas que en esta instancia fueron unificadas.

En su alegato la fiscalía sostuvo que en ese territorio existió un solo “plan criminal" puesto en marcha desde febrero de 1975, con el inicio del Operativo Independencia, y que continuó luego del golpe de Estado, sin cambios sustanciales en las modalidades delictivas. Camuña aseguró: "No hay diferencia; no puede haber una diferencia ni criminológica ni dogmática, ni típica, entre unos y otros hechos. Es un solo aparato criminal que comienza a implementarse en febrero de 1975 y sigue hasta mediados de 1977, fecha del último de los hechos tratados en este juicio".

El debate, que inició el 9 de diciembre pasado, se nutrió de prueba producida durante su transcurso y también de otra desarrollada en dos megacausas que lo precedieron: “Operativo Independencia” y “Arsenales II- Jefatura II”. Los elementos probatorios fueron incorporadas conforme a las reglas de la Acordada 1/12 de la Cámára Federal de Casación Penal. Esto implicó la inserción de alrededor de mil testimonios, doce inspecciones oculares realizadas a diferentes centros clandestinos de detención, y abundante prueba pericial respecto de la localización de las fosas comunes usadas para la inhumación clandestina de las víctimas de desaparición forzada, y la recuperación e identificación de sus restos óseos.

En virtud de la amplitud temporal de los hechos bajo juzgamiento, los fiscales desarrollaron su alegato marcando las continuidades en el esquema represivo desde febrero de 1975, dividiendo los hechos en tres grupos de víctimas. Los casos del primer grupo fueron expuestos marcando el tinte territorial del esquema represivo que se puso en marcha en febrero de 1975. En tal sentido, los representantes del MPF señalaron el rol que tuvieron en él las bases militares instaladas en la provincia.

Unos mil testimonios y prueba documental producidos en otros juicios fueron incorporados al proceso conforme a las reglas de la Acordada 1/12 de la Cámara Federal de Casación Penal.

Un segundo grupo de casos, indicaron, fueron ejecutados entre diciembre de 1975 y marzo de 1976 y marcaron la transición desde el cierre del CCD de la Escuelita de Famaillá y su traslado sucesivo a los CCD Motel, Escuela de Educación Física y Reformatorio.

El tercer grupo de casos descripto por la fiscalía se condice con una tercera etapa, que se consolida a mediados de julio de 1976, con la puesta en marcha del CCD "Arsenales". En este último momento tanto Arsenales como el Pozo de Vargas fueron utilizados como lugar de disposición final para la desaparición de personas. Camuña y Chit hicieron hincapié finalmente en que la Jefatura de Policía funcionó como un CCD desde el Operativo Independencia y se mantuvo como tal hasta su desmantelamiento a fines de 1977.

Víctimas y victimarios

El proceso incluye 333 casos que ya tuvieron pronunciamientos anteriores por el Tribunal Oral Federal de Tucumán respecto de otros acusados. Los casos de Dardo Francisco Molina y de Osvaldo Muñoz, desaparecidos, llegaron por primera vez a la instancia de juicio oral.

Del total, 264 víctimas sufrieron crímenes contra la humanidad durante el Operativo Independencia, es decir entre febrero de 1975 y el 24 de marzo de 1976. Por esos hechos se encuentran en juicio los segundos jefes de unidades militares de Tartagal, Jujuy y Mendoza. Se trata de Ernesto Alejandro Repossi, Julio Luis Teodomiro Bidone y Juan Antonio Garibotte, quienes tuvieron a su cargo tres de las bases militares que se instalaron en Tucumán.

También se juzga a los oficiales de inteligencia del Destacamento de Inteligencia 142 de Tucumán Luis Orlando Varela y Fernando Torres, y a los integrantes de destacamentos móviles de Gendarmería Nacional Alberto Montes de Oca, José Carlos Sowisky y Celso Alberto Barraza. Ambos grupos se encuentran imputados por sus roles en el CCD Escuelita de Famaillá.

En tanto, los y la ex integrante de la Policía de Tucumán, que operaron el CCD Jefatura de Policía y se encuentran sometidos a juicio, son Miguel Angel Chaile, Guillermo Agustín Ugarte, Hugo Javier Figueroa, Felix Insaurralde, Rolando Reyes Quintana y María Luisa Acosta de Barraza.

Además se juzga a Hugo Enzo Soto, quien tuvo a su cargo la Compañía de Arsenales N°5, dependiente de la V Brigada.

Otro grupo de casos tienen por imputado a Juan Francisco Nougues, ex militar, quien se desempeñó como subjefe de Policía de Tucumán durante 1976: está acusado por 47 hechos de personas que fueron mantenidas en cautiverio en el CCD Jefatura de Policía, todos ocurridos luego del 24 de marzo de 1976.

En tanto, Benito Palomo y Carlos Lafuente, ex miembros de la Gendarmería Nacional, concurrieron al debate imputados por 22 hechos de personas que estuvieron secuestradas en los CCD Reformatorio y Arsenales.

Fuente: https://www.fiscales.gob.ar

 

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