El próximo lunes 25 de septiembre los empleados de
comercio tienen su día no laborable, ya
que según la ley 26.551, se conmemora el Día del Trabajador de Comercio.
Cabe advertir que el Día del Empleado de Comercio se celebra los 26 de
Septiembre, pero este año el asueto se trasladó a un día antes, al lunes 25, constituyéndose para el sector en
un “finde largo”.
Quienes
trabajan en el rubro pueden gozar del día feriado y tienen derecho a no
trabajar ese día. Por ese motivo, algunos locales no abren sus puertas. De
todas maneras, los dueños que decidan levantar la persiana pueden hacerlo, pero
si convocan a empleados para trabajar deben pagar la jornada como un día
feriado.
¿Quiénes tienen
asueto por el Día del Empleado de Comercio?
El Convenio
Colectivo de Trabajo (CCT) de los empleados de comercio considera como
tales a las personas que realizan tareas de maestranza y servicios, tareas
administrativas, personal auxiliar que realice tareas de reparación, auxiliares
especializados y personal de ventas.
Por
este motivo, el lunes 25 de septiembre algunos supermercados, tiendas de
ropa o calzado, bazares, kioscos, jugueterías, almacenes y shoppings van a
permanecer cerrados.