DEBATE PRESIDENCIAL: LOS PUNTOS QUE HAY QUE SABER RUMBO A LAS ELECCIONES 2023

 

Las sedes fijadas son la Universidad Nacional de Santiago del Estero el 1 de octubre, y la Facultad de Derecho de la UBA el 8 de octubre. La transmisión será por todos los medios de Radio y TV Argentina S.E.

Las Elecciones Generales se llevarán a cabo el domingo 22 de octubre para elegir entre las personas postuladas a la conducción del país, y previamente se realizará el debate presidencial donde cada partido expondrá sus ideas, proyectos y propuestas. 

La iniciativa está contemplada en la Ley 27.337  que afirma “la obligatoriedad de debates preelectorales públicos entre candidatos a Presidente de la Nación, con la finalidad de dar a conocer y debatir ante el electorado, las plataformas electorales de los partidos, frentes o agrupaciones políticas”.

El primer encuentro, según el Consejo Asesor 2023 de la Cámara Nacional Electoral, se dará el domingo 1 de octubre en la Universidad Nacional de Santiago del Estero, con sede en la ciudad homónima, específicamente en el Centro de Convenciones Provincial Fórum. 

La Universidad de Buenos Aires será anfitriona en la segunda instancia de la propuesta obligatoria, donde los candidatos se verán las caras junto con sus propuestas. Tendrá lugar en el Salón de Actos de la Facultad de Derecho. 

En el caso de no llegar a definirse la elección en los comicios de octubre, la segunda vuelta tendrá a su vez un debate adicional. El mismo está contemplado también en el Salón de Actos de la Facultad de Derecho de la UBA el 12 de noviembre.

Las decisiones geográficas y de calendario fueron contempladas en la Acordada 117 del Poder Judicial de la Nación: “En la reunión del 9 de mayo del corriente, se determinó que el primer debate se realizará en la ciudad de Santiago del Estero –Centro de Convenciones Fórum, cedido a tal efecto por la Universidad Nacional de Santiago del Estero-, y el segundo en el Salón de Actos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, previéndose este último recinto también para una eventual segunda vuelta”.

Ley 27.337

La norma estipula:

-La obligatoriedad de la instancia de debate para a todos los candidatos cuyas agrupaciones políticas hayan superado el piso de votos establecido para las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias.

-Sanciones para aquellas personas que decidan no participar. La pena establecida es el  no otorgamiento de espacios de publicidad audiovisual, ahora repartido equitativamente entre el resto de los candidatos participantes. En el día acordado, el espacio físico que Ie hubiera sido asignado al candidato faltante permanecerá vacío a fin de denotar su ausencia.

-En cuanto a la ubicación, la Ley dispone buscar un establecimiento en  el interior del país, y otro en la Capital Federal dentro del rango de 20 días y hasta los 7 anteriores a la fecha de elección. En caso de ballotage se realizará dentro de los diez días anteriores a la fecha de la elección.

-Por último,  la emisión de señal televisiva en directo se dará por todos los medios pertenecientes a Radio y Televisión Argentina Sociedad del Estado (R.T.A. S.E.). Las señales radiofónicas y televisivas transmitidas por R.T.A. S.E. serán puestas a disposición de todos los medios públicos y privados del país que deseen transmitir el debate de manera simultánea, en forma gratuita. El texto abarca la inclusión de mecanismos de accesibilidad: lenguaje de señas, subtitulado visible y oculto, y aquellos que se puedan implementar a futuro.

Los candidatos y candidatas a participar son: 

  • Patricia Bullrich (Alianza 132 – Juntos por el Cambio), 
  • Juan Schiaretti (Alianza 133 – Hacemos por Nuestro País), 
  • Sergio Tomás Massa (Alianza 134 – Unión por la Patria), 
  • Javier Gerardo Milei (Alianza 135 – La Libertad Avanza) y 
  • Myriam Teresa Bregman (Alianza 136 – Frente de Izquierda y de Trabajadores – Unidad).

En cuanto a la asistencia, el Poder Judicial establece que “corresponde reafirmar que la citada ley 27.337 no contempla ningún supuesto o causal que justifique la no concurrencia de los candidatos o candidatas a Presidente de la Nación a los debates obligatorios dispuestos por el Código Electoral Nacional, su participación en éstos constituye una obligación intuito personae de carácter inexcusable”.

Por último, el Consejo Asesor 2023 fue conformado por la Cámara Nacional Electoral para asistir en la organización intelectual del evento, y está constituido por representantes de organizaciones del ámbito académico y de la sociedad civil comprometidas con la promoción de los valores democráticos. 

Las personas que lo integran son: Amadeo Belén, Arslanian León Carlos, Borón Atilio, Calderón Manuel, Cavarozzi Marcelo, B. de Carlotto Estela, Dessein Daniel, Díaz Langou Gala, Ferreira Rubio Delia, Gil Lavedra Ricardo Rodolfo, Guerrero Adriana, Paz Héctor Rubén, Tullio Alejandro, Vergara Leandro y Vives Silvana.

Fuente: https://palabrasdelderecho.com.ar/

 

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