Comprende obligaciones tributarias vencidas y exigibles al 31 de marzo del 2023 de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, para la Salud Pública, Sellos, Inmobiliario, CISI - Comunas Rurales, Automotores y Rodados, Tasa al Uso Especial del Agua y Tasas Retributivas de Servicios, incluyendo sus intereses, recargos y multas.
Según lo informado por el subdirector de
la repartición, Juan Fernández,
comprende obligaciones tributarias vencidas y exigibles al 31 de marzo del 2023
de los impuestos sobre los Ingresos Brutos, para la Salud Pública, Sellos,
Inmobiliario, CISI - Comunas Rurales, Automotores y Rodados, Tasa al Uso
Especial del Agua y Tasas Retributivas de Servicios, incluyendo sus intereses,
recargos y multas.
El trámite, dijo Fernández, se realiza únicamente a través de la página web
de la DGR usando la clave fiscal otorgada por la AFIP.
Sobre las condiciones para acceder al Plan de
Facilidades de Pago, el subdirector de Rentas hizo hincapié en que es
importante “tener cumplidas y abonadas
las obligaciones tributarias que vencen a partir del 1/4/2023”.
“En el caso de los impuestos declarativos como
Ingresos Brutos y para la Salud Pública, se trata de los anticipos 3, 4, 5, 6 y
7. Y en el de los patrimoniales como los Impuestos Inmobiliario y a los
Automotores y Rodados las cuotas 4, 5, 6, 7 y 8 inclusive”, afirmó.
Los beneficios del Plan de Facilidades de Pago son la reducción del 100% de
los intereses devengados con anterioridad al 31/12/2020. Asimismo, para los
intereses que se devenguen a partir del 1/1/21 se prevén las siguientes
reducciones: 70% por pago al contado, 50% mediante pagos parciales y 60%
mediante pagos parciales cuyos vencimientos operen hasta febrero de 2024,
inclusive.
Por su parte, Sergio Guerra, del Departamento
Técnico Tributario de la Dirección General de Rentas, informó que el
contribuyente tiene habilitado para el pago de los impuestos en general varias
bocas de pago. “Puede hacerlo a través del Banco Macro, Banco Santiago del
Estero, Caja Popular de Ahorro, Rapi Pago, Pago Fácil”, dijo y añadió: “Tienen
habilitado en nuestra página web los botones de pago a través de los cuales
pueden efectuar la cancelación de sus obligaciones tributarias con una tarjeta
de débito de cualquier entidad bancaria”.
Otra
facilidad a disposición, comentó Guerra, “respecto del impuesto Inmobiliario y
de Automotores y Rodados es que pueden hacer el pago sin tener la boleta física
en una sede de Rapi Pago o Pago Fácil indicando el impuesto que deseen pagar,
la cuota y el número de padrón o dominio”.
Para concluir, desde la DGR recuerdan a
los contribuyentes “el beneficio con el pago a través de sesión de haberes o
débito en caja de ahorro o cuenta corriente, de un 8,33% en cada cuota que
abonen a través de esos medios. Y la bonificación del 100% de la cuota 12
cuando se pagan en tiempo y forma las 11 primeras cuotas de los impuestos
Inmobiliario y a los Automotores y Rodados”.
Comunicación
Pública - Tucumán