Para el juez federal de Rawson, Gustavo
Lleral, no existen elementos de prueba contra el gendarme Emmanuel Echazú y los
agentes Juan Pablo Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Ferreyra, por la
desaparición y muerte del artesano. Foto: archivo.
El juez federal de
Rawson, Gustavo Lleral, sobreseyó a todos los gendarmes que eran investigados
en la causa por la desaparición y muerte del artesano bonaerense Santiago
Maldonado, ocurrida en el 2017, y su familia denunció la existencia de un pacto
de impunidad para favorecer a la Gendarmería Nacional que por entonces
respondía a órdenes de la actual precandidata presidencial de Juntos por el
Cambio (JxC) Patricia Bullrich.
Lleral afirmó en su fallo que Maldonado "murió ahogado, sin que nadie
pudiera advertirlo, sin que nadie pudiera socorrerlo".
"Ni
los gendarmes que lo perseguían en medio del operativo, ni los miembros de la
comunidad a la que Santiago fue a apoyar en sus reclamos", sostuvo el
magistrado en su escrito y dispuso el sobreseimiento de
todos los acusados.
Luego de conocida la noticia, Sergio Maldonado -el
hermano de Santiago- se expresó a través de su cuenta de Twitter, donde
escribió: "Hoy queda demostrado que no hay
justicia en Argentina! Desde un principio se garantizó la impunidad al
verdadero poder".
"Como lo hizo en el 2017, el juez Lleral juega a la política partidaria de
JxC (Juntos por el Cambio). Horas previas a las elecciones de octubre de ese
año, y luego del hallazgo del cuerpo, afirmó que Santiago se había ahogado
sólo. La historia vuelve a repetirse. A horas de las PASO, después de la
represión y el asesinato de Facundo Molares, cierra por segunda vez la causa
liberando de responsabilidad a la Gendarmería de Bullrich", cuestionó.
El fallo
El fallo emitido por Lleral favoreció al gendarme Emmanuel Echazú, que estaba
acusado por la supuesta desaparición forzada de Maldonado, y a los agentes Juan
Pablo Escola, Víctor Vaquila Ocampo y Marcelo Ferreyra, quienes eran señalados
por haber cometido delitos de daño, abuso de autoridad y omisión de los deberes
de funcionario público.
"Puedo afirmar con absoluta certeza que ninguno de los sucesos y ninguna
de las acciones humanas analizados son susceptibles de ser considerados
delitos, de los tipificados por nuestra ley penal", sostuvo el magistrado
en la resolución de 361 páginas en la que decretó los sobreseimientos.
Lleral
afirmó que a los gendarmes investigados y todos sus compañeros que participaron
del operativo de desalojo "ni siquiera se les puede dirigir el reproche de
un hipotético abandono de persona en perjuicio de Santiago Andrés Maldonado,
pues, tal como se dijo, no existe elemento de prueba alguno que permita
sostener ese juicio de tipicidad y esa atribución penal".
En la misma resolución con la que dispuso los sobreseimientos, Lleral decidió
"dejar sin efecto la reconstrucción virtual y la pericia tecnológica
oportunamente dispuestas a través del decreto de fecha 28 de octubre de
2022".
La desaparición y la muerte de Maldonado, según Lleral
Foto: archivo.
Maldonado desapareció el 1 de agosto de 2017 durante un operativo de Gendarmería en el que fue reprimida una protesta de la comunidad mapuche de la Pu Lof Cushamen en Chubut, por el reclamo de tierras ancestrales ubicadas entre la ruta 40 y el río Chubut.
El cuerpo del
joven fue hallado 78 días más tarde 400 metros río arriba de donde había sido
visto por última vez.
"La verdad se mostró sencilla, sin fascinaciones. Santiago estaba en el
lugar donde lo vieron por última vez. Allí, él, sólo, sin que nadie lo notara,
se hundió, en ese pozo en el que minutos antes Lucas Ariel Naiman Pilquiman
había evitado caer cuando se propuso cruzar el río luego de animar a Santiago a
realizarlo", escribió Lleral.
El juez afirmó que en ese lugar Maldonado "murió ahogado, sin que nadie
pudiera advertirlo, sin que nadie pudiera socorrerlo. Ni los gendarmes que lo
perseguían en medio del operativo, ni los miembros de la comunidad a la que
Santiago fue a apoyar en sus reclamos".
El magistrado luego escribió que "la desesperación, la adrenalina y la
excitación naturalmente provocadas por la huida; la profundidad del pozo, el
espeso ramaje y raíces cruzadas en el fondo; el agua fría, helada, humedeció su
ropa y su calzado hasta llegar a su cuerpo".
"Esa sumatoria de incidencias contribuyó a que se hundiera y a que le
fuera imposible flotar, a que ni siquiera pudiera emerger para tomar alguna
bocanada de oxígeno. Por la confluencia de esas simples y naturales realidades,
inevitables en ese preciso y fatídico instante de soledad, sus funciones
vitales esenciales se paralizaron", afirmó Lleral.
A párrafo seguido, dio por probado que "allí quedó su cuerpo atrapado,
enganchado en el ramaje subacuático denso, que lo mantuvo inerte y oculto
durante el tiempo necesario para que, luego de su descomposición natural
interna, superara la presión y la fría temperatura del agua, hasta que se
produjeran los cambios de clima".
Además afirmó que "sólo, tal como se hundió, sin que tampoco en ese
momento persona alguna lo advirtiera, emergió en el mismo lugar, en el remanso
del río donde se había escondido y se había producido su sumersión".
"En ese sitio, una rama de los mismos sauces donde quedó atrapado, ofició
de sostén, lo contuvo hasta que se lo avistara y finalmente, se lo
retirara", sostuvo el juez para luego asegurar que "la verdad es
esa".
El
1 de agosto pasado, al cumplirse seis años de la desaparición del joven
artesano, la abogada de la familia Maldonado, Verónica Heredia, le había dicho
a Télam que "mientras (el expediente) esté en manos de Lleral son pocas
las expectativas de que avance la investigación", en tanto
"él mismo ya dijo que no hay nada que investigar" en resoluciones
anteriores.
"Durante todo este tiempo la familia no sólo tiene el dolor de haber
perdido a Santiago, sino el dolor que genera la impunidad y todo el tiempo
transcurrido sin respuestas, más todos los agravios que han sufrido como
familia", había expresado la abogada que trabaja hace 20 años con casos de
desaparición forzada.
"El caso de Santiago fue uno de los ejes de campaña electoral en 2017 y
hoy vuelve a serlo", había advertido Heredia 10 días antes de que se
conozca el fallo, oportunidad en la que remarcó una diferencia no menor: en
aquel entonces Patricia Bullrich era ministra de Seguridad y hoy se postula
como precandidata a presidenta con el mismo discurso "de orden y mano
dura".
Fuente: Telam