En octubre del año pasado la Junta Electoral de Tucumán confirmó el calendario electoral de cara a los comicios que tendrán lugar en  la provincia, el 14 de mayo de 2023. Lo hizo a través de un decreto por el que se aprobó el calendario electoral para elegir Gobernador, Vicegobernador, Legisladores Provinciales (Titulares y Suplentes), Intendentes Municipales, Concejales (Titulares y Suplentes) y Comisionados Comunales (Titulares y Suplentes) en la provincia”.

La siguiente es la información referida a ese proceso eleccionario.

La Junta Electoral, está presidida por.

-        el titular de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Daniel Leiva,

-        y la  integran, además, el Ministro Pupilar y de la Defensa, Dr. Washington Héctor Navarro, y el Ministro Público Fiscal, Dr. Edmundo Jiménez.

La provincia tiene  3 secciones electorales conforme al Artículo 43, Inciso 9° de la Constitución de Tucumán para las que se eligen 49 legisladores, que se distribuyen de la siguiente manera:

§  19 legisladores titulares y 10 suplentes por la Sección Electoral 1;

§  12 titulares y 6 suplentes por la Sección Electoral II;

§  18 titulares y 9 suplentes por la Sección Electoral III”.

 

Se elige  intendente y concejales en todos los municipios de la provincia:  

§  en la Municipalidad de San Miguel de Tucumán se elegirán 18 concejales titulares y 9 suplentes; y

§  en los municipios de Banda del Río Salí, Tafí Viejo y Concepción, 12 ediles titulares y 6 suplentes.

§  en los municipios de Aguilares, Las Talitas, Juan Bautista Alberdi, Famaillá, San Isidro de Lules, Alderetes, Simoca, Bella Vista, Monteros y Yerba Buena se elegirán 10 concejales titulares y 5 suplentes; mientras que

§  en los municipios de La Cocha, Tafí del Vale, Graneros, Burruyacu y Trancas se votará por 6 titulares y 3 suplentes.

El proceso electoral comenzó el año pasado, a partir del 15 de noviembre con el cierre de registro de electores, y ese proceso estuvo desarrollándose  a lo largo de los meses subsiguiente, cumpliendo diversas etapas, de acuerdo al “Decreto nº3.404/1 (PE) del 17 de octubre de 2022”.


Las futuras siguientes fechas de ese calendario electoral que deberán cumplirse son: 

§  12-04-23 Vence plazo para que las agrupaciones políticas registren las listas de candidatos oficializados (Art. 26 Ley n°7.876) hs. 20:00

§  12-04-23 Vence presentación acuerdo sobre Acople de las agrupaciones partidarias (Art. 27 Ley nº 7.876 y Art. 43 inc.) 12 de la Constitución Provincial) hs. 20:00

§  14-04-23 Vence plazo para impugnar candidatos (Art.61 CNE) hs 20.00

§  14-04-23 Inicio de campaña electoral y habilitación de publicidad en medios de comunicación (Art. 33 Ley nº7.876)

§  14-04-23 Inicia prohibición de actos inaugurales de Obras Públicas (Art. 34 Ley n° 7.876)

§  19-04-23 Dictar resolución sobre los candidatos oficializados por las agrupaciones políticas, frentes y/o alianzas electorales (Art.61 CNE) hs 20:00

§  24-04-23 Presentación modelo de boletas de sufragio (Art. 45 Ley n 7.876) hs 12:00

§  28-04-23 Audiencia con los Apoderados de los partidos politicos (Art 64 CNE) hs. 10.00

§  03-05-23 Presentación de votos testigos y mazo de boletas de sufragio hs 20.00

§  11-05-23 Comunicación de la designación de Fiscales Generales ante la Junta Electoral Provincial (Art. 31 Ley 7.876) hs. 20:00

§  11-05-23 Remisión de urnas y útiles (Art. 35 Ley n°7.876)

§  12-05-23 Cierre de campaña electoral, prohibición de proselitismo Encuestas y comienzo de la veda electoral (Arts.64 bis y 71 inc f) del CNE) hs 08:00

§  14-05-23 DIA DEL COMICIO-ELECCIONES GENERALES - (08:00 a 18.00 hs.)

§  14-05-23 QUEDA PROHIBIDO publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección entre 08:00 y 21:00 hs. (Art. 71, inc. h) del CNE

§  16-05-23 Vence el plazo para protestas s/funcionamiento de mesas (Arts. 110 y 111 CNE) hs. 18:00

§  16-05-23 Escrutinio definitivo (Art. 112 CNE) hs. 18:00

§  14-07-23 Vence plazo para justificar la no emisión del voto (Art. 125 del CNE)

§  PUBLICAR edictos por el término de tres días en el Boletin Oficial de la Provincia, libre de derechos.

Las acciones electorales que ya se cumplieron

Las mismas entraron en vigencia desde noviembre del año pasado y ellas son:

§  15-11-22 Cierre registro de electores (Art. 25 CNE)

§  15-11-22 Cierre de registro de electores extranjeros (Art.16 Ley n7.876, Art 25 CNE)

§  15-11-22 Fecha en que los partidos deberán estar reconocidos y tener personalidad jurídico politica, requisito para poder participar de las elecciones generales (Art.3, Il párrafo -Ley n°5.454- mod. Ley nº9.111)

§  16-02-23 Exhibición del padrón provisorio para elecciones generales (Art. 15 y 24 pto 3 Ley n°7.876 y Arts 25 y 26 del CEN)

§  03-03-23 Fin reclamo de electores en el padrón provisorio (Art. 27 CNE) hs. 20:00

§  03-03-23 Cierre registro de electores con prisión preventiva (Art.24 pto.3 y 5 Ley n°7.876

§  06-03-23 Presentación de Frentes y/o Alianzas electorales (Art.20 Ley n° 5.454 y Art.24 inc. 2) Ley n° 7.876) hs.20:00

§  14-03-23 Vence plazo para que las distintas agrupaciones politicas realicen las elecciones internas cerradas (Art. 42 pto. 4, 1er.parr. Ley n° 5.454)

§  31-03-23 Padrón definitivo de electores (Art. 11 Ley n°7.876 modif. Ley n° 8.532) y de electores procesados privados de su libertad.

§  10-04-23 Fin de reclamo de electores en el padrón definitivo (Art. 13 Ley nº 7.876) hs. 20:00

§  11-04-23 Ubicación de mesas (Art.80 CNE)

§  11-04-23 Designación de autoridades de mesas (Ley nº9.163 mod Ley n°7.876)

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