SOBRESEYERON A CRISTINA Y TODOS LOS IMPUTADOS EN LA CAUSA MEMORÁNDUM CON IRÁN

 

Fue por “inexistencia del delito”. También fueron sobreseídos Zannini, Juan Martin Mena, Larroque, Parrilli, Luis D'Elía, Eduardo Zuain y Angelina Abbona y el ya fallecido excanciller era Héctor Timerman.

El Tribunal Oral Federal número 8 sobreseyó a todos los imputados en la causa por la firma del Memorándum con Irán, entre ellos la vicepresidenta Cristina Kirchner.

La decisión alcanza además al Procurador del Tesoro Carlos Zannini, el viceministro de Justicia Juan Martin Mena, el ministro bonaerense Andrés Larroque o el senador Oscar Parrilli, el piquetero Luis D’Elía junto al ex funcionario de Cancillería y hoy embajador Eduardo Zuain y la ex procuradora del Tesoro Angelina Abbona, entre otros.

Claramente la causa nunca debió existir porque como consideró el tribunal no existió delito alguno en contrario a lo que indicaba el informe del fallecido fiscal Nisman.

"Más allá de lo que se considere un acierto o desacierto político, el memorándum no constituyó un delito que pueda ser imputado a los funcionarios", dice el fallo del TOF 8.

Impulsada por el ex fiscal Alberto Nisman, por supuesto "encubrimiento agravado" a raíz del tratado firmado en 2013, la denuncia fue cerrada por "inexistencia de delito" en febrero de 2015 por el juez federal Daniel Rafecas.

Esa decisión del juez de primera instancia fue confirmada después por la Cámara Federal porteña y en mayo de 2016 por Casación, porque el fiscal ante esa instancia, Javier De Luca, no mantuvo la apelación y también evaluó que "no hubo delito"

Sin embargo, el 29 de diciembre de 2016, el máximo tribunal penal federal del país con los votos de Borinsky, Hornos y Ana María Figueroa reabrió la causa.

La investigación quedó a cargo del fallecido juez federal Claudio Bonadio, quien llevaba otra denuncia vinculada a los mismos hechos, por supuesta "traición a la Patria", delito luego descartado.

La decisión que tome el Tribunal Oral que prepara el juicio podrá ser apelada por cualquiera de las partes ante la Cámara Federal de Casación.

 


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