El
Comité Operativo de Emergencia adecuó
mediante nuevas resoluciones lo establecido en el Decreto de Necesidad y
Urgencia que dio a conocer el Gobierno nacional días atrás (792/20), al
establecer que San Miguel de Tucumán vuelva al Aislamiento Social Preventivo y
Obligatorio (ASPO), aunque dispuso algunas excepciones.
Resolución 110. Podrán
circular de 23.30 a 7 las personas que revisten el carácter de personal
esencial.
Resolución 111. La necesidad de extremar las medidas relativas a la limitación interjurisdiccional en el territorio provincial a partir de las 18:00, hasta las 23:30 horas de Lunes a Viernes, y de 15:00 a 23:30 horas los fines de semana y feriados.
Resolucion 112. Está prohibida la celebración de Cultos, ferias, velatorios, natatorios públicos y privados, practica de deportes con contacto físico, realización de salidas recreativas en plazas y parques.
1. Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas.
2. Centros comerciales, cines, teatros, centros
culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier
espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.
3. Servicio Público de Transporte de pasajeros
interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos
previstos en el artículo 22 de este decreto, como las personas que realizan
trabajos esenciales.
4. Turismo
Esta resolución exceptúa a los establecimientos gastronómicos, que podrán abrir de 7 a 23, sólo con mesas afuera y tres personas por mesa. También se los libera de este instrumento legal a los gimnasios, centros de entrenamientos y estudios específicos hasta las 21 en sus modalidades ya preestablecidas en resoluciones anterior.